El
Quinto Informe del IPCC (septiembre de 2013),
prevé una subida del nivel del mar de 26 a 98 centímetros [1]
(frente al rango entre 18 y 59 del IV informe de 2007) hasta finales de este
siglo[2].
En las predicciones para 2046-2065 del IPCC en su Quinto Informe (AR5), la subida del nivel del mar, se sitúa como media entre 24 y
No obstante, los cambios futuros en el
nivel del mar, como ya ocurrió en el pasado, no serán geográficamente uniformes[3],
produciéndose cambios regionales de ± 0,15 metros .
Una fuente de información de gran valor
es la tendencia que se puede observar en los mareógrafos de la
RED Estatal como los que se recogen a
continuación. La información aportada
permite ver una subida del nivel del mar de alrededor de 5 milímetros/año en
los últimos 20 años en puertos como el de Barcelona (0,631 cm/año) y Valencia (0,550 cm/año).
Una de las consecuencias destacadas de la subida del
nivel del mar es la pérdida de playas por el efecto más agresivo que van a
tener los aumentos previstos sobre la dinámica litoral. Los temporales en
invierno son mas agresivos con cada incremento del nivel del mar auque este sea
milimétrico y la perdidas de arena se incrementan. Una subida del nivel del mar de 5 milímetros/año como
las que como media se registra en muchas zonas de la costa mediterránea
necesita aportaciones de arena de 1,5 m3/año por cada metro lineal
de playas.
En este sentido, véase
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino: Tercera Comunicación
Nacional de España. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático. Secretaría General Técnica, Centro de Publicaciones, Madrid
2002. pág 123.
«Si la velocidad
de subida del nivel del mar es de 5 milímetros/año se necesitarían 1,5 m3/año
por cada metro lineal de playas (15000 m3
de arena por cada 10 Km .
de playa cada año, solamente para
compensar el efecto de la subida del nivel del mar). Si no se lleva a cabo esta
alimentación de arena de forma periódica la playa sumergida adoptará un nuevo
equilibrio erosionando esa cantidad de arena de la playa emergida y el
resultado será un retroceso muy visible de la línea de contacto arena-agua, aún
con subidas muy moderadas del nivel medio del mar».
En España la preocupación por los efectos del cambio climático sobre la costa se ha incorporado en diversos apartados de
El borrador de
Estrategia define como horizonte temporal para los diagnósticos a medio plazo
el año 2040.
[1] Previsiones de aumento del
nivel del mar. Fuente: Quinto Informe IPCC. Documento del Grupo de Trabajo I (GTI): Bases Físicas, publicado
el 27 de Septiembre de 2013, página 25
[2] Es probable que la elevación media mundial
del nivel del mar para el período 2081-2100, en relación con el período
1986-2005, se sitúe en un rango de 0,26 a 0,55 metros para el
escenario RCP2,6; de 0,32 a
0,63 metros ,
en el caso del escenario RCP4,5; de 0,33 a 0,63 metros , en el caso
del escenario RCP6,0; y de 0,45
a 0,82
metros , en el caso del escenario RCP8,5 (nivel de
confianza medio). Respecto del escenario RCP8,5, la elevación para el año 2100
será de 0,52 a
0,98 metros ,
con una tasa de elevación durante el período 2081-2100 de entre 8 y 16 milímetros anuales
(nivel de confianza medio).
Quinto Informe
IPCC. Documento
del Grupo de Trabajo I (GTI): Bases Físicas, publicado el 27 de
Septiembre de 2013, página 23
[3] El nivel
del mar no sube uniformemente en todo el mundo. Esta variabilidad espacial en
las tasas de elevación se debe sobre todo a los cambios en la temperatura y la
salinidad y guarda relación con los cambios en la circulación oceánica.
[4] Disposición
Adicional Octava
1.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente procederá, en el
plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley, a elaborar una
estrategia para la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático,
que se someterá a Evaluación Ambiental Estratégica, en la que se indicarán los distintos
grados de vulnerabilidad y riesgo del litoral y se propondrán medidas para
hacer frente a sus posibles efectos.
2. Igualmente las Comunidades Autónomas a las que se hayan
adscrito terrenos de dominio público marítimo-terrestre, de acuerdo con el artículo
49 de la Ley
22/1988, de 28 de julio, de Costas, presentarán en el mismo plazo señalado en
el apartado anterior, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, para su aprobación, un Plan de adaptación de dichos terrenos y de las
estructuras construidas sobre ellos para hacer frente a los posibles efectos
del cambio climático.
2 comentarios:
Buenos días. ¿Sería posible obtener un pdf con su publicación "Contaminación y degradación del Mar Menor"? Nos ha llegado un ejemplar impreso y consideramos muy importante dar a conocer cómo hace más de 30 años ya se hablaba de los problemas que han llevado al estado actual al Mar Menor. Gracias por anticipado, Isabel Rubio, Grupo de coordinación de Pacto por el Mar Menor. pacto.marmenor@gmail.com
thankyou.
zertifizierer iso 9001
Publicar un comentario