Subida del nivel del mar y estrategia para la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático

El Quinto Informe del IPCC (septiembre de 2013),  prevé una subida del nivel del mar de 26 a 98 centímetros[1] (frente al rango entre 18 y 59 del IV informe de 2007) hasta finales de este siglo[2].

En las predicciones para 2046-2065 del IPCC en su Quinto Informe (AR5), la subida del nivel del mar, se sitúa como media entre 24 y 30 centímetros.

No obstante, los cambios futuros en el nivel del mar, como ya ocurrió en el pasado, no serán geográficamente uniformes[3], produciéndose cambios regionales de ± 0,15 metros.


Una fuente de información de gran valor es la tendencia que se puede observar en los mareógrafos de la RED Estatal como los que se recogen a continuación.  La información aportada permite ver una subida del nivel del mar de alrededor de 5 milímetros/año en los últimos 20 años en puertos como el de Barcelona (0,631 cm/año)  y Valencia (0,550 cm/año).


Una de las consecuencias destacadas de la subida del nivel del mar es la pérdida de playas por el efecto más agresivo que van a tener los aumentos previstos sobre la dinámica litoral. Los temporales en invierno son mas agresivos con cada incremento del nivel del mar auque este sea milimétrico y la perdidas de arena se incrementan.   Una subida del nivel del mar de 5 milímetros/año como las que como media se registra en muchas zonas de la costa mediterránea necesita aportaciones de arena de 1,5 m3/año por cada metro lineal de playas.

En este sentido, véase Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino: Tercera Comunicación Nacional de España. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Secretaría General Técnica, Centro de Publicaciones, Madrid 2002. pág 123.

 «Si la velocidad de subida del nivel del mar es de 5 milímetros/año se necesitarían 1,5 m3/año por cada metro lineal de playas (15000  m3 de arena por cada 10 Km. de playa  cada año, solamente para compensar el efecto de la subida del nivel del mar). Si no se lleva a cabo esta alimentación de arena de forma periódica la playa sumergida adoptará un nuevo equilibrio erosionando esa cantidad de arena de la playa emergida y el resultado será un retroceso muy visible de la línea de contacto arena-agua, aún con subidas muy moderadas del nivel medio del mar».


            En España la preocupación por los efectos del cambio climático sobre la costa se ha incorporado en diversos apartados de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (BOE nº 129 de 30 de mayo de 2013) exigiendo en su Disposición Adicional octava la aprobación antes del 30 de mayo de 2015  de una estrategia para la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático[4]. Esta estrategia esta siendo sometida al procedimiento de evaluación ambiental[5].

El borrador de Estrategia define como horizonte temporal para los diagnósticos a medio plazo el año 2040.





[1] Previsiones de aumento del nivel del mar. Fuente: Quinto Informe IPCC. Documento del Grupo de Trabajo I (GTI): Bases Físicas, publicado el 27 de Septiembre de 2013, página 25

[2] Es probable que la elevación media mundial del nivel del mar para el período 2081-2100, en relación con el período 1986-2005, se sitúe en un rango de 0,26 a 0,55 metros para el escenario RCP2,6; de 0,32 a 0,63 metros, en el caso del escenario RCP4,5; de 0,33 a 0,63 metros, en el caso del escenario RCP6,0; y de 0,45 a 0,82 metros, en el caso del escenario RCP8,5 (nivel de confianza medio). Respecto del escenario RCP8,5, la elevación para el año 2100 será de 0,52 a 0,98 metros, con una tasa de elevación durante el período 2081-2100 de entre 8 y 16 milímetros anuales (nivel de confianza medio).
 Quinto Informe IPCC. Documento del Grupo de Trabajo I (GTI): Bases Físicas, publicado el 27 de Septiembre de 2013, página 23

[3] El nivel del mar no sube uniformemente en todo el mundo. Esta variabilidad espacial en las tasas de elevación se debe sobre todo a los cambios en la temperatura y la salinidad y guarda relación con los cambios en la circulación oceánica.

[4] Disposición Adicional Octava

1. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente procederá, en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley, a elaborar una estrategia para la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático, que se someterá a Evaluación Ambiental Estratégica, en la que se indicarán los distintos grados de vulnerabilidad y riesgo del litoral y se propondrán medidas para hacer frente a sus posibles efectos.
2. Igualmente las Comunidades Autónomas a las que se hayan adscrito terrenos de dominio público marítimo-terrestre, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, presentarán en el mismo plazo señalado en el apartado anterior, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para su aprobación, un Plan de adaptación de dichos terrenos y de las estructuras construidas sobre ellos para hacer frente a los posibles efectos del cambio climático.

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2 comentarios:

Pacto por el Mar Menor dijo...

Buenos días. ¿Sería posible obtener un pdf con su publicación "Contaminación y degradación del Mar Menor"? Nos ha llegado un ejemplar impreso y consideramos muy importante dar a conocer cómo hace más de 30 años ya se hablaba de los problemas que han llevado al estado actual al Mar Menor. Gracias por anticipado, Isabel Rubio, Grupo de coordinación de Pacto por el Mar Menor. pacto.marmenor@gmail.com

noah dijo...

thankyou.
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